Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Natural y Cultural

Instituciones para la preservación de los bienes naturales y  culturales de valor extraordinario de la humanidad

UNESCO, 1972.

¿Qué es el Patrimonio Mundial o Patrimonio de la Humanidad?

La Convención sobre la protección del patrimonio mundial cultural y natural de la UNESCO, aprobada en 1972,  define:

Patrimonio Cultural

Bienes excepcionales desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia

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Los monumentos

Obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos que tengan un valor universal excepcional

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Los conjuntos

Grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad e integración en el paisaje les dé un valor universal excepcional

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Los lugares

Obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza así como las zonas, incluidos los lugares arqueológicos que tengan un valor universal excepcional

Patrimonio Natural

Bienes excepcionales desde el punto de vista estético o científico

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Los monumentos naturales

Constituidos por formaciones físicas y biológicas o por grupos de esas formaciones que tengan un valor universal excepcional

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Las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas

Que constituyan el hábitat de especies, animal y vegetal, amenazadas, que tengan un valor universal excepcional

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Los lugares naturales o las zonas naturales estrictamente delimitadas

Que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la conservación o de la belleza natural

¿Cómo se declara un bien cultural o natural como patrimonio mundial?

La Convención establece un mecanismo mediante el cual los Estados miembro de UNESCO, una vez ratificada dicha Convención y depositado el documento que lo acredita, pueden presentar ante el Comité de Patrimonio Mundial -creado mediante la misma Convención- aquellos bienes culturales y naturales dentro de su territorio que consideren que entran dentro de la clasificación que la Convención define. Estos bienes propuestos son sometidos a una revisión, y en caso de aprobarse, se integran en la Lista de Patrimonio Mundial que administra UNESCO.

Además, la UNESCO administra la lista de Patrimonio Mundial en Peligro, para aquellos bienes culturales y naturales mundiales que se encuentren en riesgo por diversos motivos tales como catástrofes naturales, conflictos, o por causas humanas.

¿Quién integra el Comité del Patrimonio Mundial?

El Comité se integra con representantes de los Estados miembro de Naciones Unidas, que hayan ratificado la Convención de Patrimonio Mundial, y por organizaciones que intervienen con carácter consultivo, tales como la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), el Centro Internacional de Estudios de Conservación y Restauración de los bienes culturales (ICCROM) y el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS).

¿Cuáles son las obligaciones que asumen los Estados al ratificar la Convención?

Los Estados que adoptan esta Convención reconocen que les incumbe primordialmente la obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las futuras generaciones el patrimonio cultural y natural situado en su territorio. Y que procurarán actuar en consecuencia hasta el máximo de los recursos de que dispongan, o en caso de ser necesario mediante la asistencia y cooperación internacional.

Las acciones que pueden realizar los Estados incluyen:

  • la elaboración de políticas generales, la creación de sistemas de protección y conservación del patrimonio
  • estudios de investigación científicos y técnicos para mejorar los métodos de conservación
  • la adopción de medidas adecuadas para la conservación y preservación del patrimonio cultural y natural
  • la promoción de la formación y la investigación en la materia,
  • evitar medidas que directa o indirectamente puedan dañar el patrimonio cultural y natural

¿Cuáles son las ventajas de figurar en la Lista de Patrimonio Mundial?

Básicamente, el acceso a fondos y recursos para la protección de los sitios declarados como patrimonio mundial.

La Convención establece la creación de un fondo con base en contribuciones de los propios Estados y otros organismos o donaciones, cuya administración está a cargo del Comité del Patrimonio Mundial.

Es importante recordar que la finalidad de la Convención es ayudar a los Estados nacionales a preservar el patrimonio natural y cultural de relevancia mundial, estableciendo un mecanismo colectivo y permanente, dado que en muchos casos los propios Estados no disponen de suficientes capacidades económicas, científicas y técnicas como para conservar y preservar estos bienes para su disfrute presente y para las futuras generaciones.